El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías A y B incluidas en el anexo I del Reglamento (CE) no 715/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo [2] es el número de unidades de carga de las categorías A y B.
Se aplicará el procedimiento siguiente: 07/2011- Toyota FORTUNER GGN50,60,KUN5*,6*, LAN50,TGN51,61 Se aplicará el procedimiento siguiente: 07/2011- Las demás: GGN15,25,35,KUN1*2,*3,*, LAN15,25,35,TGN1...Ver más
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El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías A y B incluidas en el anexo I del Reglamento (CE) no 715/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo [2] es el número de unidades de carga de las categorías A y B.